viernes, 9 de septiembre de 2011

CMDNNA insta a guarderías y centros educativos a registrarse legalmente

Redaccion: Anyelis Arredondo
Foto: Jonny Arreaza
imagenCiudad Guayana.- De acuerdo con lo estipulado en el artículo Nº 186 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopna), el cual establece que todos los programas que serán desarrollados en entidades de atención o algún tipo de organización podrán ejecutarse una vez que estén inscritas en el Consejo Municipal de Derecho de cada estado. 
Por ello, los funcionarios del Consejo Municipal de Derecho del Niño, Niña y Adolescente (Cmdnna) Caroní, exhortan a los propietarios de guarderías y Centros de Educación Inicial (CDI) para que consignen la documentación reglamentaria para que estas instituciones puedan funcionar de manera legal.
Adriana Circelli, abogada fiscal del Cmdnna, explicó que actualmente existe una resolución por parte del Ministerio del Poder Popular para la Educación donde se establece que las guarderías y los CDI deben estar inscritos ante la zona educativa para luego acudir al Consejo Municipal de Derecho del Niño, Niña y Adolescente.
Como parte de los requisitos que se le exigen al plantel, está una solicitud dirigida a María Rivas, presidenta del Cmdnna, la cual debe contener: el nombre de la guardería o CDI, y datos del director de la institución.
Asimismo, se debe presentar un listado del personal docente, un informe sobre la capacidad física del establecimiento y el número de niños y niñas que serán atendidos por cada docente, permiso de los bomberos, permiso de conformidad de uso (regulación urbana), copia del registro mercantil de la institución, registro de identificación fiscal vigente y el acuerdo de convivencia ciudadana 2011-2012.
Por lo tanto, se le hace un llamado a todos aquellos representantes o propietarios de establecimientos que presten estos servicios, para que se inscriban en el Cmdnna con previa autorización por parte del Ministerio de Educación.
Una vez presentados los requisitos, el Cmdnna procederá a expedirle a los quince días continuos el certificado de funcionamiento que tendrá vigencia de un año a partir de su entrega.
Es importante destacar que tanto las empresas públicas como privadas deben exigir a las instituciones educativas de este rango el respectivo certificado legal emitido por el Cmdnna.

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